Técnicos/as y monitores/as de pádel no tenemos convenio específico que regule nuestro trabajo, pero estamos incluidos en el IV CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Y GIMNASIOS. Publicado en el BOE» núm. 141, de 11 de junio de 2018, páginas 59991 a 60026 (36 páginas).

En este convenio se nos incluye dentro del Grupo 3:

«Criterios generales: Están incluidos en este grupo los trabajadores que ejercen funciones de ejecución autónoma que exigen, habitualmente, iniciativa y decisión por parte del trabajador encargado de su ejecución.

Asimismo, integran, coordinan y supervisan tareas con contenido homogéneo, realizadas por un grupo de colaboradores.

Formación: La formación requerida será la equivalente a titulación académica de grado medio, formación profesional de primer grado, o titulación específica a las tareas que desempeñe, o bien acredite una dilatada experiencia adquirida en el sector.

Equiparación:

Nivel I: Se incluye en este grupo todas aquellas actividades correspondientes a las siguientes categorías: coordinador fitness, actividades aeróbicas, de piscina, de raqueta, de clases colectivas, de mantenimiento de instalaciones, oficial administrativo 1.ª, oficial de 1.ª de mantenimiento de instalaciones, coordinador recepción». (BOE 141)

Es importante destacar que cada comunidad autónoma puede suscribir y regular dicho convenio aprobado a nivel nacional, como por ejemplo, en en caso de Galicia, la Consellería de Economía, Empleo e Industria.

Estas son las tablas salariales vigentes, pactadas en 2019 por la Federación Nacional de Empresarios de Instalaciones Deportivas (FNEID), en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales CC.OO. y UGT, en representación del colectivo laboral afectado.

 

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